Liz Medrano
En la sexagésima quinta Legislatura del Congreso local se presentó una iniciativa de reforma al Código Penal con el objetivo de sancionar penalmente la creación de contenido íntimo o sexual generado mediante inteligencia artificial, manipulación digital u otros medios análogos, sin el consentimiento de la persona afectada.
La propuesta plantea adicionar un tercer y cuarto párrafo, así como una fracción VI, al artículo 295 Bis del Código Penal del estado, relativo al delito de violación a la intimidad sexual. También establece una agravante cuando el contenido afecte a mujeres o personas menores de 18 años.
En la exposición de motivos, se indicó que la iniciativa busca atender un vacío legal ante el uso de tecnologías como los deepfakes, que permiten simular imágenes, audios o videos con apariencia de veracidad, aunque las personas no hayan participado en su creación.
La propuesta considera que este tipo de conductas vulneran la privacidad y pueden afectar los derechos humanos, por lo que se requiere una regulación específica que permita la sanción penal correspondiente en el ámbito local.
La iniciativa fue turnada a la Comisión de Puntos Constitucionales, Gobernación y Justicia y Asuntos Políticos para su análisis, estudio y eventual dictamen. Participaron en el proceso de formulación diversos colectivos especializados en derechos digitales y perspectiva de género.