SCJN tumba cabildeo en Puebla para 2030

Carlos Cózatl

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) declaró inconstitucional la alternancia obligatoria de género para las candidaturas a las gubernaturas de Durango y San Luis Potosí.

Al resolver las Acciones de Inconstitucionalidad 66/2026 y sus acumuladas, el Pleno advirtió que imponer reglas rígidas para rotar el género de las candidaturas en cada elección excede las facultades de los congresos locales.

El fallo precisó que, al tratarse de gubernaturas, imponer una alternancia secuencial obligatoria provoca que en cada proceso electoral las personas de un género queden excluidas de antemano.

Los ministros aclararon que la sentencia no demerita las acciones afirmativas para impulsar la participación política de las mujeres, pero exigieron que se armonicen con el pluralismo y la equidad electoral.

Sentencia de la Corte invalida las intenciones de Pável Gaspar en el Congreso de Puebla

La determinación de la SCJN asesta un revés directo a las intenciones expuestas en el Congreso del Estado por el presidente de Pável Gaspar Ramírez.

Gaspar Ramírez admitió recientemente que se realizaban cabildeos para adelantar la alternancia de género al proceso electoral de 2030, reservando obligatoriamente la candidatura a mujeres.

Cabe recordar que la Constitución Política de Puebla contempla la alternancia a partir de 2036, por lo que el criterio vinculante fijado por la SCJN deja sin viabilidad jurídica cualquier intento de adelantar la medida mediante un artículo transitorio.

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