Entra en vigor la Ley General para el Fortalecimiento y Armonización Catastral y Registral
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La Ley General para el Fortalecimiento y Armonización Catastral y Registral entró en vigor el sábado 24 de octubre en todo México, luego de la publicación de su decreto en la edición vespertina del Diario Oficial de la Federación. La norma establece mecanismos para modernizar los catastros, fortalecer los registros públicos de la propiedad y mejorar el intercambio de información entre autoridades federales, estatales y municipales.
El nuevo marco jurídico contempla la creación de plataformas digitales, la homologación de trámites y el uso de herramientas comunes para identificar inmuebles, actualizar la información territorial y otorgar mayor certeza jurídica sobre los derechos de propiedad. También establece criterios coordinados para la prestación de servicios catastrales y registrales.
Una de las disposiciones centrales es la implementación de la Clave Única Catastral, que permitirá identificar de manera individual cada predio o unidad inmobiliaria inscrita en los registros catastrales. A esta medida se suma la Cédula Única Catastral y Registral, cuyo objetivo es vincular los datos del catastro con la información del Registro Público de la Propiedad.
La legislación prevé además una Plataforma Catastral Municipal y otra destinada a los Registros Públicos de la Propiedad. Ambas permitirán gestionar trámites y servicios mediante herramientas digitales, utilizarán Llave MX para la identificación de usuarios e incorporarán opciones de pagos electrónicos.
Los trámites y notificaciones realizados a través de estas plataformas tendrán validez jurídica. La Plataforma Catastral Municipal también incluirá un módulo para la gestión del impuesto predial; sin embargo, la ley no modifica directamente las tasas aplicables a este gravamen.
De acuerdo con los artículos transitorios, las autoridades catastrales y registrales deberán adoptar e implementar los nuevos modelos de trámites y plataformas a más tardar el 31 de diciembre de 2026. La previsión es que los sistemas comiencen a operar el 1 de enero de 2027.
La Agencia de Transformación Digital y Telecomunicaciones contará con un plazo máximo de 30 días hábiles para emitir los lineamientos de implementación de los planes nacionales. En coordinación con la Secretaría de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano (Sedatu), también deberá establecer las reglas para aplicar la Clave Única Catastral y la Cédula Única Catastral y Registral.
Por otra parte, los congresos estatales tendrán 180 días para realizar las adecuaciones legales correspondientes. Los gobiernos estatales y municipales dispondrán de 180 días hábiles para armonizar su normativa con las disposiciones de la nueva ley.
Con este marco, el Gobierno federal busca avanzar hacia un sistema catastral y registral más uniforme, digital e interoperable, que facilite la identificación de los inmuebles y la gestión de trámites en los distintos niveles de gobierno.
